COLONIAS  FELINAS & LEY DE PROTECCION  ANIMAL

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Publicado en:«BOE» núm. 75, de 29/03/2023.Entrada en vigor:29/09/2023Departamento:Jefatura del EstadoReferencia:BOE-A-2023-7936Permalink ELI:https://www.boe.es/eli/es/l/2023/03/28/7/con


CAPÍTULO VI

Colonias felinas

El capítulo VI establece el marco legal para la gestión de poblaciones felinas en libertad, colonias con origen en gatos abandonados, extraviados o merodeadores sin esterilizar y de las camadas procedentes de éstos, que son producto de la tenencia irresponsable. Se introduce el concepto de gato comunitario, el gato libre que convive en entornos humanos y que no es adoptable debido a su falta de socialización, y se establece una gestión integral de los mismos con métodos no letales, basados en el método CER, con el objetivo de reducir progresivamente su población mientras se controla el aporte de nuevos individuos con la esterilización obligatoria de los gatos con hogar 


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PLAN  TER

Esta iniciativa es efectiva para controlar las colonias felinas ya que  los gatos tienen un capacidad de procrear con mucha rapidez,  y es la única manera de mantener las colonias controladas y sin camadas indeseadas. 

Se retornan los felinos a su hábitat natural después de esterilizarlos  ya que no son aptos para vivir en una casa salvo alguna excepción, entonces  les buscamos adopción responsable.


Si quieres saber más sobre el plan TER contáctanos.

LEY DE PROTECCION ANIMAL

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Publicado en:«BOE» núm. 75, de 29/03/2023.

Entrada en vigor:29/09/2023

Departamento:Jefatura del EstadoReferencia:BOE-A-2023-7936

Permalink ELI:https://www.boe.es/eli/es/l/2023/03/28/7/con


PREÁMBULO

I

Cada día resulta más evidente en España la creciente sensibilización de la ciudadanía ante la necesidad de garantizar la protección de los animales en general y, particularmente, de los animales que viven en el entorno humano, en tanto que seres dotados de sensibilidad cuyos derechos deben protegerse, tal y como recogen el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el Código Civil español. Así, las comunidades autónomas y los ayuntamientos se han hecho eco de la necesidad de desarrollar normativas que avancen en la protección de los animales, su bienestar y el rechazo ante situaciones de maltrato hacia los mismos, lo que ha dado lugar a un conjunto heterogéneo de normas que establecen mecanismos de protección de diverso alcance, en función del ámbito territorial en el que se encuentren.

El principal objetivo de esta ley no es tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que se les ofrecen, sino el regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad. Por tanto, no regula a los animales como un elemento más dentro de nuestra actividad económica a los que se deban unas condiciones por su capacidad de sentir, sino que regula nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia.

Esta ley recoge una serie de conceptos y términos que, partiendo de esta consideración, unifican y armonizan las definiciones existentes en las actuales normativas vigentes, para una mejor aplicación atendiendo a los principios de eficacia y seguridad jurídica.

En España en uno de cada tres hogares se convive con al menos un animal de compañía, y así, según la información resultante de los registros de animales de compañía de las comunidades autónomas, en la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía registrados e identificados. Pese a ello, existen estudios como el que realizaron conjuntamente la Fundación Affinity y el Departamento de Psiquiatría y Medicina Legal de la Universidad Autónoma de Barcelona que indican que únicamente el 27,7 % de los perros que llegan a centros de acogida están identificados con microchip, mientras que en el caso de los gatos se reduce al 4,3 %; esto implica que la mayoría de animales de compañía se encuentran fuera del control oficial, al no estar identificados legalmente, con el riesgo que ello supone, tanto para su adecuada protección como para la propia seguridad y salud pública y la conservación de la biodiversidad.


II

La presente ley tiene como objetivo implementar mecanismos legales con el fin de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país, estableciendo un marco común en todo el territorio español, implicando a los poderes públicos y a la ciudadanía en el respeto a todos los animales.

Así, las diferentes comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla han elaborado, en sus respectivos ámbitos territoriales, un conjunto heterogéneo de normas relativas a la protección y bienestar animal, que recogen, con diferente alcance, pautas de comportamiento hacia los animales, lo que justifica la necesidad de dotar de coherencia al régimen jurídico de la protección de los animales en nuestro país, fijando un mínimo común de derechos y obligaciones con los animales con independencia del territorio en el que se desenvuelven.


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